martes, 4 de junio de 2013

Ley de Televisión Digital Terrestre en Chile pasó su segunda etapa y avanza en el Congreso


Ahora, la Cámara de Diputados debe aceptar lo aprobado por los senadores, y el proyecto final debe pasar nuevamente a comisiones. Las expectativas de fácil tramitación son moderadas, aunque el ejecutivo tiene a este proyecto de ley calificada con urgencia de “suma”.

Este martes 4 de junio de 2013, se aprobó el segundo trámite constitucional en el Senado del proyecto de ley que introduce la Televisión Digital Terrestre en nuestro país. Tras intensas, y a veces demorada discusión, el proyecto por fin tuvo el visto bueno de los senadores, con 24 votos a favor y 3 en contra. Con esto, el proyecto inicia su tercer trámite constitucional en el Congreso. 

Pero estos meses de discusión no han sido en vano, puesto que se llegó a acuerdo en temáticas que causaban discordia entre los senadores. La medición del rating, los tipos de concesionarios, entre otros temas, llenaron de debate la sala del Senado.

A modo de resumen, les entregamos el detalle de los artículos aprobados por el Senado durante los últimos meses:

"Sólo Televisión Nacional de Chile (TVN) podrá optar a una segunda concesión digital, la que deberá transmitir señales de la propia concesionaria de carácter regional o de otros concesionarios que no cuenten con medios propios. Se abre la posibilidad que los servicios locales del canal puedan estar en esta segunda concesión (como TVN Red Valparaíso, TVN Red Biobío, etc), o que sea portadora de otras frecuencias.

Durante la primera semana de mayo se continuó con el análisis del articulado, y se aprobó la distinción en la ley a los diferentes tipos de concesionarias, como nacionales, regionales, locales o comunitarias, fijándose las características de cada una.

En otro tema, se permitirá a las concesionarias de Televisión Digital el cobro a las compañías de cable o satelitales, de derechos por la retransmisión de sus emisiones. No obstante, esto no impide los convenios entre una estación y una compañía portadora, tal como ocurre entre Directv y Chilevisión.

En referencia a lo que se conoce como must carry, las empresas de cable y satelitales deberán transmitir en la región o localidad en que operen, a lo menos 4 canales regionales, locales o comunitarios y entregarlos en sus respectivas ofertas de señales televisivas, siempre que sea técnicamente factible.

Luego, en la sesión especial del 7 de mayo, se aprobó que los canales digitales pueden usar sistemas de medición de audiencia, sólo a contar de las 3:00 horas del día siguiente de la emisión del programa a medir.

En la sesión del miércoles 8 de mayo, se aprobó que los partidos de La Roja deberán transmitirse a través de señales de televisión de libre recepción, sin perjuicio de las transmisiones que puedan hacer los canales por cable o satelitales.

También ese día se prohibió el otorgamiento de concesiones de televisión, a las municipalidades, las corporaciones y fundaciones municipales.

El 15 de mayo se aprobó que en un mismo concurso público se podrá otorgar más de una frecuencia disponible dentro de la localidad concursada, cuando ello fuere técnicamente factible, sólo en la eventualidad que dos o más postulantes se encuentren en una situación de igualdad respecto de las condiciones técnicas de sus proyectos.

En el plano de la regulación de contenidos, se establecieron multas para infractores de la normativa. En el primer caso las multas serán de 20 a 200 UTM para canales regionales, locales o comunitarios; en el caso de que el infractor sea un canal de cobertura nacional, podrán ascender hasta 1.000 UTM, pudiendo en ambas situaciones duplicarse en caso de reincidencia.

Ya en la sesión especial del 22 de mayo, se reguló el desarrollo el Plan de Radiodifusión Televisiva mediante el cual se asignarán las frecuencias de los canales de TV necesarias para la transición desde las concesiones de tecnología analógica a las digitales.
Establece un plazo máximo de 60 días para que la Subtel efectúe las modificaciones que resulten necesarias en el Plan de Radiodifusión Televisiva, a fin de reservar frecuencias para el otorgamiento de concesiones a concesionarios de carácter nacional, regional, local y comunitario.

El 40% del total de las concesiones para la televisión digital quedarán reservadas a señales regionales, locales o comunitarias, o para aquellas señales culturales o educativas, que el CNTV califique como tal. Por ejemplo, si hubiese disponibilidad de 10 muxes, 4 deberán ser regionales, locales o comunitarios, y seis serían nacionales.

Y durante el 22 de mayo, se prohibió a los canales por cable y satelitales la transmisión o retransmisión de señales, sin la expresa autorización de los canales TDT, quienes podrán cobrar por dichos derechos.

Los canales de TV en banda VHF podrán mantener sus frecuencias análogas, hasta que las concesiones actuales de TV análoga caduquen. En ese caso sólo podrán transmitir una sola señal en tal tecnología. Por otro lado, podrán solicitar una nueva concesión digital con medios propios, la que se regirá íntegramente por lo dispuesto en la ley.

Además, los concesionarios con más de 50% de presencia en las regiones del país, tendrán un plazo máximo de 5 años para lograr una cobertura digital del 100% en sus zonas de servicio, contado desde la entrada en vigencia de la ley."