Ahora, la Cámara
de Diputados debe aceptar lo aprobado por los senadores, y el
proyecto final debe pasar nuevamente a comisiones. Las expectativas
de fácil tramitación son moderadas, aunque el ejecutivo tiene a
este proyecto de ley calificada con urgencia de “suma”.
Este
martes 4 de junio de 2013, se aprobó el segundo trámite
constitucional en el Senado del proyecto de ley que introduce la
Televisión Digital Terrestre en nuestro país. Tras intensas, y a
veces demorada discusión, el proyecto por fin tuvo el visto bueno de
los senadores, con 24 votos a favor y 3 en contra. Con esto, el
proyecto inicia su tercer trámite constitucional en el Congreso.
Pero
estos meses de discusión no han sido en vano, puesto que se llegó a
acuerdo en temáticas que causaban discordia entre los senadores. La
medición del rating, los tipos de concesionarios, entre otros temas,
llenaron de debate la sala del Senado.
A modo de resumen, les entregamos el detalle de los artículos aprobados por el Senado durante los últimos meses:
A modo de resumen, les entregamos el detalle de los artículos aprobados por el Senado durante los últimos meses:
"Sólo
Televisión Nacional de Chile (TVN) podrá optar a una segunda
concesión digital, la
que deberá transmitir señales de la propia concesionaria de
carácter regional o de otros concesionarios que no cuenten con
medios propios. Se abre la posibilidad que los servicios locales del
canal puedan estar en esta segunda concesión (como TVN Red
Valparaíso, TVN Red Biobío, etc), o que sea portadora de otras
frecuencias.
Durante la primera semana de mayo se continuó
con el análisis del articulado, y se
aprobó la distinción en la ley a los diferentes tipos de
concesionarias, como
nacionales, regionales, locales o comunitarias, fijándose las
características de cada una.
En otro tema, se
permitirá a las concesionarias de Televisión Digital el cobro a las
compañías de cable o satelitales, de derechos por la retransmisión
de sus emisiones. No
obstante, esto no impide los convenios entre una estación y una
compañía portadora, tal como ocurre entre Directv y
Chilevisión.
En referencia a lo que se conoce como must
carry, las empresas de
cable y satelitales deberán transmitir en la región o localidad en
que operen, a lo menos 4 canales regionales, locales o comunitarios
y entregarlos en sus respectivas ofertas de señales televisivas,
siempre que sea técnicamente factible.
Luego, en la sesión
especial del 7 de mayo, se aprobó que los
canales digitales pueden usar sistemas de medición de audiencia,
sólo a contar de las 3:00 horas del día siguiente
de la emisión del programa a medir.
En la sesión del
miércoles 8 de mayo, se aprobó que los
partidos de La Roja deberán transmitirse a través de señales de
televisión de libre recepción,
sin perjuicio de las transmisiones que puedan hacer los canales por
cable o satelitales.
También ese día se
prohibió el otorgamiento de concesiones de televisión, a las
municipalidades, las
corporaciones y fundaciones municipales.
El 15 de mayo se
aprobó que en un mismo
concurso público se podrá otorgar más de una frecuencia disponible
dentro de la localidad concursada, cuando ello fuere técnicamente
factible, sólo en la
eventualidad que dos o más postulantes se encuentren en una
situación de igualdad respecto de las condiciones técnicas de sus
proyectos.
En el plano de la regulación de contenidos, se
establecieron multas para infractores de la normativa.
En el primer caso las multas serán de 20 a 200 UTM para canales
regionales, locales o comunitarios; en el caso de que el infractor
sea un canal de cobertura nacional, podrán ascender hasta 1.000 UTM,
pudiendo en ambas situaciones duplicarse en caso de reincidencia.
Ya
en la sesión especial del 22 de mayo, se
reguló el desarrollo el Plan de Radiodifusión Televisiva mediante
el cual se asignarán las frecuencias de los canales de TV
necesarias para la transición desde las concesiones de tecnología
analógica a las digitales.
Establece
un plazo máximo de 60 días para que la Subtel efectúe las
modificaciones que resulten necesarias en el Plan de Radiodifusión
Televisiva, a fin de
reservar frecuencias para el otorgamiento de concesiones a
concesionarios de carácter nacional, regional, local y
comunitario.
El 40%
del total de las concesiones para la televisión digital quedarán
reservadas a señales regionales, locales o comunitarias,
o para aquellas señales culturales o educativas, que el CNTV
califique como tal. Por ejemplo, si hubiese disponibilidad de 10
muxes, 4 deberán ser regionales, locales o comunitarios, y seis
serían nacionales.
Y durante el 22 de mayo, se
prohibió a los canales por cable y satelitales la transmisión o
retransmisión de señales, sin la expresa autorización de los
canales TDT, quienes
podrán cobrar por dichos derechos.
Los
canales de TV en banda VHF podrán mantener sus frecuencias análogas,
hasta que las concesiones actuales de TV análoga caduquen. En
ese caso sólo podrán transmitir una sola señal en tal tecnología.
Por otro lado, podrán solicitar una nueva concesión digital con
medios propios, la que se regirá íntegramente por lo dispuesto en
la ley.
Además, los
concesionarios con más de 50% de presencia en las regiones del país,
tendrán un plazo máximo de 5 años para lograr una cobertura
digital del 100% en sus
zonas de servicio, contado desde la entrada en vigencia de la ley."